Seguridad social para empleadas del hogar: Nuevos salarios

En el año 2022, la tabla salarial de empleadas del hogar ha tenido modificaciones en cuanto a las horas de trabajo y la cotización de seguridad social para empleadas del hogar.

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El salario mensual por 20 horas semanales se mide según el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) por jornada completa, es decir, un pago de la seguridad social para empleadas del hogar por 20 hora semanales.

Cuál es el salario por hora de una empleada del hogar

Según la tabla salarial del gobierno, lo que se tiene en cuenta es la jornada semanal, o sea, las horas que él o la empleada trabaja a la semana, independientemente de si es o no fin de semana.  Veamos, a continuación, la tabla salarial que dieron a conocer desde la Seguridad Social para empleadas del hogar.

Horas

  Salario bruto Total bonificado   Base cotización   SS empleada   SS empleador Descuento   Contingencias profesionales

  Salario neto

5

125 € 55,68 € 222 € 10,43 € 45,24 € 10,48 € 3,33 €

114,57 €

10

250 € 55,68 € 222 € 10,43 € 45,24 € 10,48 € 3,33 €

239,57 €

15 375 € 127,66 € 509 € 23,92 € 103,73 € 24,02 € 7,64 €

351,08 €

20

500 € 163,77 € 653 € 30,69€ 133,08 € 30,82 € 9,80 €

469,31 €

25

625 € 200,14 € 798 € 37,51 € 162,63 € 37,67 € 11,97 €

587,49 €

30 750 € 236 € 941 € 44,23 € 191,78 € 44,42 € 14,12 €

830,77 €

35

875 € 282,38 € 1.125,90 € 52,92 € 229,46 € 53,14 € 16,89 € 822,08 €
40 1.000 € 295,19 € 1.177 € 55,32 € 239,87 € 55,55 € 17,66 €

944,68 €

Entonces, si dividimos por tramos la retribución mensual incrementada según las pagas mensuales extraordinarias y la base de cotización mensual, podemos diferenciar los siguientes 10 tramos.

Tramo

Retribución mensual con proporción de pagas extraordinarias mensual (€) Base de cotización mensual (€)

Hasta 269,00

231,00

Desde 269,01 hasta 418,00

379,00

Desde 418,01 hasta 568,00

528,00

Desde 568,01 hasta 718,00

677,00

Desde 718,01 hasta 869,00

827,00

Desde 869,01 hasta 1.017,00

976,00

Desde 869,01 hasta 1.017,00

1.166,70

Desde 1.166,71 hasta 1.273,00

1.220,00

Desde 1.273,01 hasta 1.439,00

1.370,00

10º Desde 1.439,01

Retribución mensual

Quiénes son los beneficiarios de la reducción de cuotas

A continuación, enlistaremos los beneficiarios de la reducción de cuotas y de esta nueva reforma para los empleados del hogar.

  • Los empleadores que, bajo cualquier modalidad, hayan contratado y dado el alta a un empleado de hogar que no haya figurado en alta, anteriormente, en el Régimen Especial de Empleados del Hogar a tiempo completo entre el 2 de agosto y el 31 de diciembre del 2011, es decir, los empleados que hayan sido dados de alta a partir del 1 de enero de 2012 en el Régimen General.
  • La bonificación llegará al 45% con esta reducción de cuotas en caso de familias numerosas, siempre y cuando los servicios que prestan los empleados del hogar sean exclusivamente para la atención de quienes convivan en el domicilio, o de aquellos integrantes de una familia numerosa. Además, esta bonificación se implementa en familias con dos padres, madres o tutor, o uno, en caso de familia monoparental, que trabajen fuera del hogar, ya sea por cuenta propia o ajena, o que sean discapacitados y no puedan trabajar.
  • En caso de que la familia numerosa sea de categoría especial, no es una obligación que los dos progenitores, o uno, en caso de familia monoparental, trabajen fuera del hogar.
  • Dicha bonificación tendrá validez en caso de que haya un solo empleado por cada unidad familiar.
  • Los trabajadores que quedan excluidos de esta bonificación son aquellos que trabajan por menos de 60 horas mensuales por un empleador, y que cumplan obligaciones de cotización, encuadramiento y recaudación.

Quién es el encargado de dar de alta, baja y cotizar

A continuación, te nombraremos quién es el que debe dar de alta y cotizar, según las horas de servicios prestadas y otras variables.

  • El empleador es quien debe dar de alta al empleado. Lo mismo sucede si el empleado trabaja en diferentes lugares, es decir que cada empleador de los diferentes hogares en donde trabaja el empleado debe dar de alta al trabajador en cuestión.
  • El empleado es quien debe dar de alta o de baja, o modificar datos, en caso de que este trabaje menos de 60 horas al mes. En este caso, el empleado es el encargado de formular su alta, baja, afiliación o variación de la información, cuando sea de común acuerdo con el empleador.
  • Las solicitudes de afiliación, alta, baja o modificación de datos por parte del empleado del hogar, deberán estar firmadas por sus correspondientes empleadores.
  • Las solicitudes se podrán adquirir en las Administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

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Preguntas frecuentes

Cuáles son las cotizaciones por parte del empleador y de la empleada

Durante el año 2022, la cotización por contingencias comunes a cargo del empleador es del 23,60%, mientras que el 4,70% es a cargo del o la empleada, lo que es un total del 28,30% de cotizaciones por contingencias comunes.

Por otra parte, el empleador deberá añadir un 1,50% de cotización por contingencias profesionales.

Cuánto cobra una empleada del hogar en 2022: Nuevas modificaciones

Como mencionamos anteriormente, en 2022 se modificó el salario de empleadas del hogar, como sucede con el Salario Mínimo Interprofesional cada año, mediante el Real decreto del BOE (Boletín Oficial del Estado).  El salario mínimo de empleadas del hogar pasó de ser de 1.000 € brutos mensuales, que se dividen en 14 pagas por 40 horas trabajadas.

Es decir, en caso de que se distribuya en 12 pagas, el sueldo mensual pasará a ser de 1.166,67 €, lo que sería un total mínimo de 14.000 € anuales. Esto significa que, a comparación con el Salario Mínimo Interprofesional anterior, subió 35 €.

Más información

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